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RESICO 2027: a quién le conviene y a quién no

Eutimio Rocha

Eutimio Rocha

Socio de Cimenta · 20 de octubre de 2026 · 4 min de lectura

La Cámara de Diputados aprobó la semana pasada la nueva Ley del ISR y el Senado la discute esta semana. Si pasa como viene, desde el 1 de enero de 2027 el Régimen Simplificado de Confianza, el RESICO, admitiría empresas con ingresos de hasta $50 millones al año (hoy $35 millones) y personas físicas con actividad empresarial de hasta $5 millones (hoy $3.5 millones). Muchos dueños lo leen como una rebaja de impuestos. No lo es para todos. Conviene saber de qué lado está su negocio antes de pedirle a su contador que lo cambie.

Cómo funciona el RESICO hoy

Son dos regímenes distintos con el mismo nombre.

  • Personas físicas (honorarios, consultorios, talleres, tiendas a nombre del dueño): pagan entre 1% y 2.5% sobre lo que cobran, según el monto del mes. No deducen nada: ni renta, ni nómina, ni mercancía. Es un impuesto sobre la venta, no sobre la ganancia.
  • Empresas (personas morales): la tasa es la misma del régimen general, 30%. Lo que cambia es el momento: se paga sobre lo cobrado, no sobre lo facturado, y las inversiones en equipo se deducen más rápido. Requisito de fondo: todos los socios deben ser personas físicas.

Lo que cambiaría en 2027

Suben los topes de ingresos: $50 millones para empresas y $5 millones para personas físicas. Para las empresas el régimen pasaría a ser opcional: quien hoy tributa en régimen general podría elegirlo. Y en paralelo se discute un IVA de 7% sobre la venta total, también opcional, del que escribimos hace dos semanas.

Personas físicas: dos negocios que cobran lo mismo

Los dos cobran $2 millones al año.

  • Un consultor que gasta poco. Le quedan $1.7 millones de utilidad. En RESICO paga 2% de lo cobrado: $40,000 de ISR al año. En régimen general paga sobre la utilidad con la tarifa anual: $443,294. El RESICO le ahorra más de $400,000.
  • Una tienda con margen de 8%. De los mismos $2 millones le quedan $160,000. En RESICO paga los mismos $40,000, porque el impuesto es sobre la venta. En régimen general, sobre su utilidad, paga $13,552. El RESICO le cuesta casi el triple.

Mismo cobro, impuesto distinto. La regla es el margen: con $2 millones de ingresos, el punto de empate está en una utilidad de cerca de $293,000, es decir un margen de 14.7% sobre la venta. Arriba de eso, el RESICO paga menos; abajo, paga más. Si su negocio compra mercancía para revenderla, lo más probable es que esté abajo.

Hay además una puerta cerrada: no puede entrar al RESICO como persona física quien sea socio o accionista de una empresa.

Empresas: cuándo sí y cuándo no

Para una empresa el RESICO no baja la tasa. Lo que da es tiempo y flujo.

  • Le conviene si vende a crédito. Quien factura en noviembre y cobra en febrero paga el ISR en febrero, no en diciembre. Para un negocio que financia a sus clientes 60 o 90 días, eso es dinero en la caja durante meses.
  • Le conviene si invierte en equipo, porque la deducción es más rápida que en régimen general.
  • No aplica si otra empresa es accionista, y los socios no pueden tener el control de otra sociedad en régimen general. Antes de ilusionarse, revise el cuadro de socios.
  • No cambia nada si cobra de contado y no invierte: pagará el mismo 30% en las mismas fechas.

Qué hacer antes de diciembre

  1. Haga la cuenta con sus cifras reales de 2026, no con un ejemplo. Tome lo cobrado y su utilidad de los últimos doce meses y calcule el ISR en los dos regímenes. Si no tiene claro su margen, aquí explicamos cómo leer los tres márgenes de su empresa.
  2. Revise quiénes son los socios. Una empresa accionista, o un socio con control en otra sociedad, cierra la puerta. Mejor saberlo en octubre que en el aviso de enero.
  3. Si es empresa, mida cuánto cobra a plazo. Entre más días financie a sus clientes, más vale el cambio.
  4. Decida en diciembre, con el contador y con la ley ya publicada. Todavía es propuesta. Si el Senado la aprueba sin cambios, entra en vigor el 1 de enero y el aviso de cambio de régimen se presenta al inicio del año.

El RESICO no es una rebaja general. Es una rebaja para quien tiene margen alto, socios personas físicas y cobra a plazo. Para los demás, puede ser más caro que lo que pagan hoy.

Fuentes: Crónica, 14 de octubre de 2026 · Expansión, 13 de octubre de 2026 · Clase Turista, 19 de octubre de 2026 · Tax Today México, reforma a la LISR 2027 · Tarifa anual del ISR 2026, Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal (DOF, 28 de diciembre de 2025). Los cálculos son aproximados y no sustituyen una revisión con su contador.

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